LEY 1620
domingo, 19 de noviembre de 2017
viernes, 27 de octubre de 2017
RIESGOS ASOCIADOS AL USO DE INTERNET
RIESGOS ASOCIADOS AL USO DE INTERNET
MAESTRÍA EN GESTIÓN DE LA TECNOLOGÍA EDUCATIVA
RIESGOS ASOCIADOS AL USO DE INTERNET
Preparado por
ANGÉLICA MARÍA ECHANDÍA MELÉNDEZ
MARTHA LUCÍA CHAVES NIÑO
JUAN CARLOS RONDÓN HURTADO
Docente
PhD. JAVIER MEDINA CRUZ
UNIVERSIDAD DE SANTANDER
FACULTAD DE ESTUDIOS DE POSTGRADOS
MAESTRÍA EN GESTIÓN DE LA TECNOLOGÍA EDUCATIVA
BUCARAMANGA
2017
INTRODUCCIÓN
VÍDEO QUE RELACIONA ALGUNOS RIESGOS ASOCIADOS AL USO DE INTERNET
El
uso que se da a la red de Internet por parte de niños, niñas y adolescentes se centra principalmente
en relaciones sociales para darse a conocer, generar espacios virtuales en que puedan conocerse, donde comparten gustos, pasatiempos, juegos y hasta actividades inadecuadas. A través de este medio pueden desinhibirse para compartir imágenes, música, deseos y expectativas que no siempre son convenientes para su formación.
Pero el uso de Internet para relaciones sociales no siempre termina como se planeó, es muy común que detrás de una imagen e incluso de buenas frases, se escondan intenciones nada buenas.
En términos generales, el uso que hacen niños, niñas y adolescentes de Internet puede ser contraproducente cuando el tiempo de conexión es demasiado, afectándole su adecuado desarrollo e impidiéndole cumplir con sus responsabilidades, cuando ya es prioritario estar en línea que realizar sus actividades normales, como estudiar, comer, hacer deporte e incluso dormir, causándole estados de somnolencia, alteraciones en su estado de ánimo o disminución notoria de las horas que dedica a su formación o a cumplir con sus responsabilidades. Esto sumado al descuido de muchos padres que no controlan tiempo, páginas visitadas por sus hijos, amigos que hacen a través de redes sociales, etc.
CIBERBULLING
En tiempos pasados la comunicación principalmente se utilizaba para enviar mensajes sanos, hoy en día se han aumentado los niveles de agresividad, siendo el uso de redes sociales campo de batalla que permite que se hagan ofensas a través de comentarios, imágenes, acoso y ofensas grupales que terminan por hacer efecto en la persona atacada.
A este tipo de maltrato se le denomina CIBERBULLING.
Pero el uso de Internet para relaciones sociales no siempre termina como se planeó, es muy común que detrás de una imagen e incluso de buenas frases, se escondan intenciones nada buenas.
En términos generales, el uso que hacen niños, niñas y adolescentes de Internet puede ser contraproducente cuando el tiempo de conexión es demasiado, afectándole su adecuado desarrollo e impidiéndole cumplir con sus responsabilidades, cuando ya es prioritario estar en línea que realizar sus actividades normales, como estudiar, comer, hacer deporte e incluso dormir, causándole estados de somnolencia, alteraciones en su estado de ánimo o disminución notoria de las horas que dedica a su formación o a cumplir con sus responsabilidades. Esto sumado al descuido de muchos padres que no controlan tiempo, páginas visitadas por sus hijos, amigos que hacen a través de redes sociales, etc.
PELIGRO DE LAS REDES SOCIALES
PRINCIPALES RIESGOS ASOCIADOS A UN MAL USO DE INTERNET
- Acceso a contenidos inadecuados o falsos.
- Dedicación excesiva de tiempo para buscar una determinada
información o para permanecer conectado.
- Accesibilidad a páginas con
información peligrosa o nociva, tales como imágenes de contenido
sexual, pornográfico o violento, textos y relatos que pueden incitar al
consumo de drogas, constreñimiento, ideologías de
tipo racista, sexista o de sectas.
- Mensajes comerciales no deseados, contenido que puede proponer negocios ilegales o contener virus.
- Participación en chats, foros o
en redes sociales que facilitan contactos indeseados con
personas que utilizan identidades falsas, al asecho de víctimas sexuales, de violencia o delictivos. Recepción de mensajes con contenido ofensivo, difamante, disociadores, amenazantes, situaciones de abuso o
acoso a través de la red. El anonimato que
proporciona Internet facilita el atrevimiento de determinados comentarios
o actitudes que difícilmente se expresarían en relaciones directas con
otras personas.
- La pérdida de intimidad al llenar de formularios de acceso a algunas páginas, facilitándose
información personal, nombres, direciones y hasta claves a individuos o empresas desconocidas.
- Publicidad engañosa o abusiva, que incite a realizar compras por Internet sin la autorización de sus padres.
Los datos personales y los códigos secretos de las tarjetas de crédito que
se facilitan en las compras pueden convertirles en víctimas de estafas o
robos en páginas Web poco fiables o controladas por terceros.
- Desarrollo de trastornos psicológicos como
la adicción a Internet que pueden surgir cuando confluyen determinados
factores, como problemas en la autoestima, la sociabilidad o dificultades
familiares, unidos a la vulnerabilidad típica de esta edad y a la cantidad
de estímulos atractivos y sensaciones placenteras que puede proporcionar
Internet.
- Los niños, niñas y adolescentes (incluso adultos) pueden desarrollar una adicción a Internet, si habitualmente es incapaz
de controlar el tiempo que permanece conectado, relega sus principales
obligaciones, evita o abandona otras actividades importantes, pierde
contactos sociales, reduce las horas de sueño, descuida hábitos de
alimentación, salud, higiene personal y actividad física y tiende a
mostrarse irritable. Existen diferentes modalidades específicas de
adicción a Internet, como la necesidad de buscar información
constantemente, la de la búsqueda de determinadas sensaciones, la de
frecuentar entornos sociales, anhelando conocer gente nueva con
personalidades ficticias, la adicción al juego o a la compra compulsiva,
entre otras.
PRINCIPALES PROBLEMAS ASOCIADOS AL USO DE INTERNET.
En tiempos pasados la comunicación principalmente se utilizaba para enviar mensajes sanos, hoy en día se han aumentado los niveles de agresividad, siendo el uso de redes sociales campo de batalla que permite que se hagan ofensas a través de comentarios, imágenes, acoso y ofensas grupales que terminan por hacer efecto en la persona atacada.
A este tipo de maltrato se le denomina CIBERBULLING.
El ciberbullying hace referencia al concepto de
“violencia”, principalmente a la violencia en instituciones educativas;
esta posee varias manifestaciones, en conductas o comportamientos concretos,
desviaciones de la conducta socialmente aceptadas. Algunas de las
manifestaciones de la violencia en las instituciones educativas son conductas
directas: hacer bromas maliciosas, golpear, patear e insultar o burlas, las
cuales son de fácil percepción y otras conductas indirectas, las cuales son
menos evidentes, como son la exclusión social y el rechazo, propagación de
rumores, manipulación de amistades etc. Cuando éstas conductas adquieren
ciertas características surge el fenómeno que recientemente se ha identificado
como acoso escolar o bullying.
Fuente: Imagen propia de uno de los autores.
El ciberbullying es una
nueva modalidad de acoso escolar, puede ser personal o impersonal, su origen y
desarrollo está relacionado con el desarrollo de las TIC, como Internet y el
teléfono móvil, instrumentos principales de soporte. Esta modalidad de acoso se conoce como acoso
digital, acoso electrónico, ciberacoso, acoso cibernético, acoso en línea o ciberbullying. Sencillamente se puede llamar ciberbullying o ciberacoso cuando el niño, niña, o adolescente es
amenazado, humillado o molestado mediante el uso del teléfono móvil, Internet u
otras tecnologías digitales. Como en el caso del Bullying, también con esta
nueva modalidad de acoso en un inicio se pensó que se trataba de
curiosidad o de un “juego de niños y/o niñas” seducidos por las máquinas; fueron
consideradas conductas inofensivas, pues no se veía el daño que podía causar.
CARACTERISTICAS
DEL CIBERBULLYING
CARACTERÍSTICAS DEL CIBERBULLING
1. Envío de mensajes
amenazantes o desagradables a través de SMS del Messenger (Mensajes de texto).
2. Suplantación de
identidad o robo de contraseña.
3. Publicación de fotos (reales o
intervenidas) con comentarios insultantes o despectivos.
4. Publicación de datos personales.
5. Creación de webs con
contenidos ofensivos que pueden incluir datos sobre la víctima (reales o
ficticios), encuestas del tipo: “¿Quién es el más gordo/feo/tonto del
colegio?”, entre otros.
6. Publicación de
fotografías o videos comprometedores. Se envían grabaciones de las agresiones
efectuadas a la víctima, videos o fotos conseguidos sin su consentimiento.
7. Envío de virus, suscripción a listas de
pornografía, saturación del correo electrónico.
Perfil
de la persona acosadora
CARACTERÍSTICAS DEL ACOSADOR
Lo que se afirma en
diversas fuentes es que se sabe poco sobre los acosadores cibernéticos, sus
características y las motivaciones que tienen. Según Olweus41, las
características que acompañan a los acosadores son:
• Personalidad dominante y les gusta afirmarse valiéndose de la fuerza.
• Carácter
fuerte, son impulsivos y se sienten frustrados con facilidad.
• Muestran una actitud
más proclive a la violencia que los demás menores.
• Tienen dificultades para cumplir las normas.
• Parecen “ir de duros” y demuestran poca empatía y compasión por los compañeros que están siendo acosados.
• Con frecuencia se
relacionan con las personas adultas de manera agresiva.
• Saben escabullirse
(exculparse verbalmente) de las situaciones difíciles.
• Se engarzan tanto en agresiones proactivas
(deliberadas, con el fin de alcanzar un objetivo) como en agresiones reactivas
(defensivas ante la provocación)
Estrategias
específicas para prevenir o enfrentar el acoso escolar y el acoso cibernético
ESTRATEGIAS PARA PREVENIR EL ACOSO ESCOLAR
• La educación y
pedagogía para la tolerancia.
• Las estrategias para la convivencia y el
Manual para la Convivencia.
• La disciplina
escolar.
• La solución creativa
de conflictos.
• La educación en
derechos humanos.
• La cultura de paz.
MATONEO
Es una expresión de
violencia, ejercida sobre una persona por sus compañeros de escuela, esta
práctica es generada por personas
intolerantes, por lo general con
bajos niveles de sociabilidad, donde individual o en grupo somete a violencia
física o psicológica a un estudiante causándole daños físicos y mentales en el
mismo
POR QUÉ SE DA EL MATONEO?
El matoneo
no es algo nuevo, pero ahora, según pedagogos y psicólogos, se ha intensificado
y es más grueso el calibre de las bromas. "Se da porque la violencia se
convirtió en la forma predominante de relacionarse y en el medio para conseguir
algo, y no tiene límite", señala la psicóloga Sara Llanos, quien trabaja
en el tema desde hace 10 años.
Los altos índices de
este tipo de violencia en Colombia han llevado que las autoridades competentes crearan
la Ley 1620 de 2013. Con la cual se pretende controlar, imponer sanciones padagógicas y disminuir la
intimidación y la violencia escolar en todas sus expresiones; con esta ley se
da la creación al “Sistema nacional de Convivencia Escolar y Formación para los
Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación
de la Violencia escolar.”
GROOMING
Imagen tomada de: https://cdn-pro.elsalvador.com/wp-content/uploads/2017/01/29194018/1467247496269.jpg
QUÉ ES EL GROOMING?
El grooming es un engaño de menores, definido como una serie de conductas y
acciones deliberadas emprendidas por un adulto con el objetivo de ganarse la
confianza de un menor de edad, creando conexión emocional con el infante, con
el fin de disminuir sus inhibiciones y abusar de él. En algunos casos se busca que la introducción
de los menores al mundo de la prostitución infantil o a la producción de
material pornográfico.
EL PISHING
Término informático para describir la suplantación de identidad, caracterizado por intentar adquirir información confidencial de forma fraudulenta por parte del pisher o suplantador.
QUÉ ES EL PISHINH?
CÓMO PREVENIR LOS RIESGOS ASOCIADOS A EL USO DE INTERNET
Para evitar que nuestros estudiantes, nuestros hijos o nosotros mismos caigamos en estos tipos de problemas o fraudes, se recomienda:
1. Los padres deben estar atentos al uso que sus hijos
hacen de Internet, controlando el tiempos de conexión, frecuencia con que están en línea, motivos de conexión, reacción que muestran cuando se les interrumpe y la actitud mientras están navegando por la red.
2. Enseñarles, a través del acompañamiento y el ejemplo, a seleccionar contenidos y fuentes de información fiables, desarrollando la capacidad de ser críticos con las mismas. Este proceso educativo debe pasar por alertarles del peligro que tiene facilitar datos personales, relacionarse con personas desconocidas o intercambiar archivos y mensajes en un entorno no seguro. Además se les debe ayudar a evitar la dispersión, concretando la búsqueda a lo necesario y controlando el tiempo destinado a la conexión a Internet en función del objetivo de información.
2. Enseñarles, a través del acompañamiento y el ejemplo, a seleccionar contenidos y fuentes de información fiables, desarrollando la capacidad de ser críticos con las mismas. Este proceso educativo debe pasar por alertarles del peligro que tiene facilitar datos personales, relacionarse con personas desconocidas o intercambiar archivos y mensajes en un entorno no seguro. Además se les debe ayudar a evitar la dispersión, concretando la búsqueda a lo necesario y controlando el tiempo destinado a la conexión a Internet en función del objetivo de información.
3. De ser necesario, buscar ayuda
profesional (psicólogo), cuando se sospecha de adicción al uso de Internet
por parte de niños, niñas o adolescentes.
ESTRATEGIAS PARA MITIGAR LOS RIESGOS DEL USO DE INTERNET
Fuentes:
http://aula2.cvudes.edu.co/publico/lems/L.000.011.MG/librov2.html
http://recursostic.educacion.es/observatorio/web/es/software/software-general/1040-introduccion-a-la-seguridad-informatica?format=pdf
http://iustificado.blogspot.com.co/2011/05/la-vinculacion-del-phishing-con-el.html
http://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/sistemas_telematica/article/view/1095
viernes, 29 de septiembre de 2017
LEY 1620
CONVIVENCIA Y DISCIPLINA ESCOLAR A LA LUZ DE LA LEY 1620
LEY 1620 Y DECRETO REGLAMENTARIO 1965
https://www.voki.com/site/myVokiLÍNEA DE TIEMPO
Los estudiantes que han sido víctimas de acoso escolar muestran poco o ningún interés por su formación y por la escuela, presentan mayores índices de ausentismo escolar y sus calificaciones y resultados en exámenes estandarizados son más bajos que los de sus compañeros. En aras de mejorar la convivencia escolar y garantizar un espacio armónico y agradable para todos y todas estudiantes, se crea la ley 1620 de marzo de 2013, como “Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos y la Prevención y la Mitigación de la Violencia Escolar” www.mineducacion.gov.co
Esta ley pone a disposición de las instituciones educativas y los entes territoriales una ruta de atención para los posibles casos de violencia, además de un sistema nacional único de información para reportar estos casos de violencia y de embarazo en adolescentes, brindando la posibilidad de incentivar a quienes cumplan las exigencias y expectativas de la convivencia, así como imponer acciones pedagógicas correctivas (antes llamadas sanciones) a quienes no cumplan.
Con esta ley también se pretende crear mecanismos de prevención, protección, detección temprana y de denuncia ante las autoridades competentes de todas las conductas que atenten contra la sana convivencia escolar, la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, tanto dentro como fuera de la institución educativa, así como establecer una ruta que fortalezca estrategias para prevenir la deserción escolar, la cual obedece, en buena medida, a la violencia escolar y el embarazo en adolescentes. Respecto a este último, Colombia es uno de los países de América Latina con más altos índices de embarazo en adolescentes, según resultados de la Encuesta Nacional de Deserción Escolar (ENDE), realizada por el Ministerio de Educación Escolar (MEN), realizada en el año 2010, con un 19,1% de estas jóvenes entre 14 y 19 años; la mitad de ellas abandonan la escuela para dedicarse a su maternidad.
El decreto 1965 de septiembre de 2013 reglamenta la ley 1620, estableciendo los protocolos de atención de las posibles faltas cometidas, clasificadas, según su alcance, como Tipo I, Tipo II y Tipo III.
Objetivos del Sistema Nacional de
Convivencia Escolar (Artículo 4)
- Contribuir a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción de una sociedad democrática, participativa, pluralista e intercultural.
- Articular acciones con el Estado para garantizar la protección integral de los niños, niñas y adolescentes en los espacios educativos.
- Fomentar mecanismos de prevención, protección, detección temprana y denuncia.
- Fomentar y fortalecer la educación en y para la paz.
- Contribuir a la prevención del embarazo en la adolescencia y a la reducción de enfermedades de transmisión sexual.
COMITÉS MUNICIPALES, DISTRITALES Y
DEPARTAMENTALES DE CONVIVENCIA
ESCOLAR
Integrantes (Artículo 7)
- El Ministerio de Educación Nacional y los Ministerios de Salud y Protección Social, Cultura, Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
- ICBF.
- Defensoría del pueblo.
- Policía de Infancia y Adolescencia.
- La Asociación Colombiana de Facultades de Educación ASCOFADE, la Asociación Nacional de Escuelas Normales Superiores ASONEN y la Asociación Colombiana de Universidades ASCUN.
- El rector del establecimiento educativo oficial y el rector de la institución educativa privada con los más altos puntajes en las pruebas SABER 11 del año anterior.
Funciones (artículo 8)
- Armonizar y articular las acciones del Sistema con las políticas, estrategias y/o programas nacionales y sectoriales.
- Garantizar la adopción de la Ruta de Atención Integral por las instancias y entidades que conforman el Sistema.
- Promover y liderar estrategias y acciones de comunicación, que fomenten la reflexión sobre la convivencia escolar, la prevención, mitigación y atención del acoso escolar, la violencia escolar y la disminución del embarazo en la adolescencia.
COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA
Integrantes (Artículo 12)
- El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité.
- El personero estudiantil.
- El docente con función de orientación.
- El coordinador cuando exista este cargo.
- El presidente del consejo de padres de familia.
- El presidente del consejo de estudiantes.
- Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.
Funciones (artículo 13)
- Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
- Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar.
- Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar frente a situaciones específicas de conflicto, que no pueden ser resueltas por este comité.
Ruta de atención integral (Artículo 29)
Incluye protocolos a seguir al interior del establecimiento educativo y a nivel intersectorial.
Sistema de Información Unificado
de Convivencia Escolar (Artículo 28)
Para
la identificación, registro y
seguimiento de los casos de acoso, violencia escolar y de vulneración de derechos sexuales y reproductivos.
Alianzas para la Orientación
Escolar (Artículo 32)
DECRETO REGLAMENTARIO 1965
Objetivo: Reglamentar los procesos los procesos y
protocolos de la Ruta
de Atención
Integral; los
lineamientos para el ajuste de los Manuales
de Convivencia; el funcionamiento y demás aspectos operativos pertinentes de las Instancias del Sistema
Nacional de Convivencia Escolar y formación para los Derechos
Humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la
violencia escolar, en los distintos niveles;
los incentivos
y sanciones que recibirán los establecimientos
educativos y sus miembros; y las etapas de diseño y operación del Sistema
Unificado de Convivencia Escolar.
Fuente: http://www.mineducacion.gov.co/1759/articles-322486_archivo_pdf_ruta.pdf
RUTA DE ATENCIÓN PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR.
Puesta en conocimiento de la situación de
violencia escolar. La identificación y puesta en conocimiento de la situación
de violencia escolar puede darse a partir de dos vías:
1. Por los directamente involucrados.
2. Por una persona que no está involucrada pero tiene conocimiento del hecho.
Parágrafo: La institución dispone, entre otros
mecanismos, de buzón de sugerencias y de plataforma, para la recepción de quejas.
VALORACIÓN Y ATENCIÓN.
Valoración de la situación por parte de
directivo docente o docente. Se ceñirá a lo establecido en el Manual de Convivencia
y el decreto 1965 de 2013. Existiendo tres posibilidades:
SITUACIONES TIPO I
Las situaciones de tipo I hacen referencia a aquellas que afectan el
normal desarrollo de la convivencia escolar sin atentar contra la integridad
física, moral y/o las buenas costumbres de los afectados.
Estas deben ser atendidas dentro de la escuela de manera inmediata para
evitar que se agranden. Las personas que conforman la comunidad educativa son
los llamados a apoyar la atención.
PROTOCOLO DE ATENCIÓN
Cuando se presente una situación tipo I la institución debe:
- Reunir
las partes involucradas y mediar de manera pedagógica.
- Definir
acciones de reparación de daños y restablecimiento de derechos, de ser
necesario.
- Buscar
acciones de conciliación entre las partes.
- Hacer
firmar compromisos y acuerdos en el observador.
- Realizar
seguimiento al caso y a los compromisos.
Ejemplos:
SITUACIONES TIPO II
Las situaciones de tipo II son aquellas que afectan de manera directa la
sana convivencia escolar, bien sea en el grupo o en la comunidad, situaciones de agresión escolar, acoso
escolar y ciberacoso, que no presenten características de la comisión de un
delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes particularidades:
a) Que se presenten de manera
repetida o sistemática.
b) Que causen daños al cuerpo o
a la salud (física o mental) sin generar incapacidad
alguna para cualquiera de las personas
involucradas (Decreto 1965 de 2013,
artículo 40).
PROTOCOLO DE ATENCIÓN
SITUACIÓN TIPO II
i.
Remita el caso al coordinador quien se apoyará con el docente orientador
para hacer el acompañamiento del caso. En todo caso se debe remitir el caso al
departamento de orientación escolar.
ii.
Si existe o se presume daño o lesión física o mental, remitir de manera
inmediata a las entidades competentes.
iii.
Dejar constancia de remisión a las entidades competentes.
iv.
Informe a padres o acudientes de manera
inmediata.
v.
Deje constancia de gestión de información a
padres de familia.
vi.
Genere espacios en los que las partes
involucradas y los padres. madres o acudientes de los estudiantes, puedan
exponer y precisar lo acontecido. preservando en cualquier caso, el derecho a
la intimidad, confidencialidad y demás derechos.
vii.
Determine acciones restaurativas que
permitan:
• la
reparación de daños causados;
• el
restablecimiento de los derechos y
• la
reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el
establecimiento educativo.
viii. Se debe aplicar sanciones en consonancia con
el principio de proporcionalidad y según lo definido en el manual de
convivencia. Incluya una medida pedagógica.
ix.
Diligencie el formato en el aplicativo que
para su efecto se tenga por parte de la institución o se haya implementado en el
Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.
x.
En el marco de la reunión del comité de
convivencia escolar, se expondrá la situación ocurrida y las medidas adoptadas.
El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la
solución fue efectiva.
xi.
El rector reportará la información del caso
al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de
Información Unificado de Convivencia Escolar.
Ejemplos:
SITUACIONES TIPO III
Las situaciones de tipo III hace
referencia a todas aquellas actitudes que causen daño gravísimo a cualquiera de
las personas que pertenecen a la comunidad educativa, además de todas las
acciones consideradas como delito por la ley penal colombiana.
Situaciones
tipo III. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar que sean
constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación
sexual.
Requieren
que la atención sea brindada por entidades externas al establecimiento
educativo (por ejemplo, Policía de Infancia y Adolescencia, ICBF, sector salud,
etc.).
PROTOCOLO DE ATENCIÓN
SITUACIÓN TIPO III
- Remita el caso
al coordinador quien se apoyara con el docente orientador para hacer el
acompañamiento del caso. En todo caso se debe remitir el caso al
departamento de orientación escolar.
- Si existe o se
presume daño o lesión física o mental, remita de manera inmediata a las
entidades competentes.
- Deje
constancia de remisión a las entidades competentes.
- Informe a
padres o acudientes de manera inmediata.
- Deje
constancia de gestión de información a padres de familia.
- Genere
espacios en los que las partes involucradas y los padres. madres o
acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido.
preservando en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad
y demás derechos.
- Determine
acciones restaurativas que permitan la reparación de daños causados:
• Restablecimiento de los derechos y
• Reconciliación dentro de un clima de relaciones
constructivas en el establecimiento educativo.
viii.
Se debe aplicar sanciones
en consonancia con el principio de proporcionalidad y según lo definido en el
manual de convivencia. Incluya una medida pedagógica.
Ejemplos:
Les dejo esa información, acepto cualquier sugerencia, corrección y/o comentario para ampliar los conceptos expuestos.
Puedes ver más información en los siguientes enlaces:
https://www.youtube.com/watch?v=71r_qx9gaS8
https://www.youtube.com/watch?v=WIS6_3XElU4
https://www.mineducacion.gov.co/.../articles-342571_Ley_Convivencia_Escolar.pptx
https://www.mineducacion.gov.co/1759/articles-327397_archivo_pdf_proyecto_decreto.pdf
Muchas gracias.
Juan Carlos Rondón Hurtado
Estudiante-aprendiente
MAESTRÍA EN GESTIÓN DE LA TECNOLOGÍA EDUCATIVA
UNIVERSIDAD DE SANTANDER
UDES
Les dejo esa información, acepto cualquier sugerencia, corrección y/o comentario para ampliar los conceptos expuestos.
Puedes ver más información en los siguientes enlaces:
https://www.youtube.com/watch?v=71r_qx9gaS8
https://www.youtube.com/watch?v=WIS6_3XElU4
https://www.mineducacion.gov.co/.../articles-342571_Ley_Convivencia_Escolar.pptx
https://www.mineducacion.gov.co/1759/articles-327397_archivo_pdf_proyecto_decreto.pdf
Muchas gracias.
Juan Carlos Rondón Hurtado
Estudiante-aprendiente
MAESTRÍA EN GESTIÓN DE LA TECNOLOGÍA EDUCATIVA
UNIVERSIDAD DE SANTANDER
UDES
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