viernes, 27 de octubre de 2017

RIESGOS ASOCIADOS AL USO DE INTERNET

RIESGOS ASOCIADOS AL USO DE INTERNET





MAESTRÍA EN GESTIÓN DE LA TECNOLOGÍA EDUCATIVA



RIESGOS ASOCIADOS AL USO DE INTERNET



Preparado por

ANGÉLICA MARÍA ECHANDÍA MELÉNDEZ

MARTHA LUCÍA CHAVES NIÑO

JUAN CARLOS RONDÓN HURTADO



Docente
PhD. JAVIER MEDINA CRUZ



UNIVERSIDAD DE SANTANDER
FACULTAD DE ESTUDIOS DE POSTGRADOS
MAESTRÍA EN GESTIÓN DE LA TECNOLOGÍA EDUCATIVA
BUCARAMANGA
2017




INTRODUCCIÓN


El uso de internet es cada vez más amplio y necesario, innumerables aplicaciones, ventajas y acceso a información que ofrece el uso de Internet en todos los ámbitos, no solo en educación, también en deportes, pasatiempos y entretenimiento a un click de distancia hace que se torne en la herramienta ideal de toda persona, grupo e institución. Sin embargo, no se deben ignorar los peligros y riesgos que puede conllevar el hacer un mal uso del mismo, sobretodo en sectores de la población facilmente influenciables o vulnerables como pueden ser los niños, los adolescentes o las personas con personalidad influenciable o con determinados problemas psicológicos.

VÍDEO QUE RELACIONA ALGUNOS RIESGOS ASOCIADOS AL USO DE INTERNET


El uso que se da a la red de Internet por parte de niños, niñas y adolescentes se centra principalmente en  relaciones sociales para darse a conocer, generar espacios virtuales en que puedan conocerse, donde comparten gustos, pasatiempos, juegos y hasta actividades inadecuadas. A través de este medio pueden desinhibirse para compartir imágenes, música, deseos y expectativas que no siempre son convenientes para su formación.

Pero el uso de Internet para relaciones sociales no siempre termina como se planeó, es muy común que detrás de una imagen e incluso de buenas frases, se escondan intenciones nada buenas.

En términos generales, el uso que hacen niños, niñas y adolescentes de Internet puede ser contraproducente cuando el tiempo de conexión es demasiado, afectándole su adecuado desarrollo e impidiéndole cumplir con sus responsabilidades, cuando ya es prioritario estar en línea que realizar sus actividades normales, como estudiar, comer, hacer deporte e incluso dormir, causándole estados de somnolencia, alteraciones en su estado de ánimo o disminución notoria de las horas que dedica a su formación o a cumplir con sus responsabilidades.  Esto sumado al descuido de muchos padres que no controlan tiempo, páginas visitadas por sus hijos, amigos que hacen a través de redes sociales, etc.

PELIGRO DE LAS REDES SOCIALES



PRINCIPALES RIESGOS ASOCIADOS A UN MAL USO DE INTERNET

  • Acceso a contenidos inadecuados o falsos.
  • Dedicación excesiva de tiempo para buscar una determinada información o para permanecer conectado.
  • Accesibilidad a páginas con información peligrosa o nociva, tales como imágenes de contenido sexual, pornográfico o violento, textos y relatos que pueden incitar al consumo de drogas, constreñimiento, ideologías de tipo racista, sexista o de sectas.
  • Mensajes comerciales no deseados, contenido que puede proponer negocios ilegales o contener virus.
  • Participación en chats, foros o en redes sociales que facilitan contactos indeseados con personas que utilizan identidades falsas, al asecho de víctimas sexuales, de violencia o delictivos. Recepción de mensajes con contenido ofensivo, difamante, disociadores, amenazantes, situaciones de abuso o acoso a través de la red. El anonimato que proporciona Internet facilita el atrevimiento de determinados comentarios o actitudes que difícilmente se expresarían en relaciones directas con otras personas.
  • La pérdida de intimidad al llenar de formularios de acceso a algunas páginas, facilitándose información personal, nombres, direciones y hasta claves a individuos o empresas desconocidas.
  • Publicidad engañosa o abusiva, que incite a realizar compras por Internet sin la autorización de sus padres. Los datos personales y los códigos secretos de las tarjetas de crédito que se facilitan en las compras pueden convertirles en víctimas de estafas o robos en páginas Web poco fiables o controladas por terceros.
  • Desarrollo de trastornos psicológicos como la adicción a Internet que pueden surgir cuando confluyen determinados factores, como problemas en la autoestima, la sociabilidad o dificultades familiares, unidos a la vulnerabilidad típica de esta edad y a la cantidad de estímulos atractivos y sensaciones placenteras que puede proporcionar Internet.
  • Los niños, niñas y adolescentes (incluso adultos) pueden desarrollar una adicción a Internet, si habitualmente es incapaz de controlar el tiempo que permanece conectado, relega sus principales obligaciones, evita o abandona otras actividades importantes, pierde contactos sociales, reduce las horas de sueño, descuida hábitos de alimentación, salud, higiene personal y actividad física y tiende a mostrarse irritable. Existen diferentes modalidades específicas de adicción a Internet, como la necesidad de buscar información constantemente, la de la búsqueda de determinadas sensaciones, la de frecuentar entornos sociales, anhelando conocer gente nueva con personalidades ficticias, la adicción al juego o a la compra compulsiva, entre otras.

PRINCIPALES PROBLEMAS ASOCIADOS AL USO DE INTERNET.

CIBERBULLING
En tiempos pasados la comunicación principalmente se utilizaba para enviar mensajes sanos, hoy en día se han aumentado los niveles de agresividad, siendo el uso de redes sociales campo de batalla que permite que se hagan ofensas a través de comentarios, imágenes, acoso y ofensas grupales que terminan por hacer efecto en la persona atacada.

A este tipo de maltrato se le denomina CIBERBULLING.




El ciberbullying hace referencia al concepto de “violencia”, principalmente a la violencia en instituciones educativas; esta posee varias manifestaciones, en conductas o comportamientos concretos, desviaciones de la conducta socialmente aceptadas. Algunas de las manifestaciones de la violencia en las instituciones educativas son conductas directas: hacer bromas maliciosas, golpear, patear e insultar o burlas, las cuales son de fácil percepción y otras conductas indirectas, las cuales son menos evidentes, como son la exclusión social y el rechazo, propagación de rumores, manipulación de amistades etc. Cuando éstas conductas adquieren ciertas características surge el fenómeno que recientemente se ha identificado como acoso escolar o bullying.

Fuente: Imagen propia de uno de los autores.
El ciberbullying es una nueva modalidad de acoso escolar, puede ser personal o impersonal, su origen y desarrollo está relacionado con el desarrollo de las TIC, como Internet y el teléfono móvil, instrumentos principales de soporte. Esta modalidad de acoso se conoce como acoso digital, acoso electrónico, ciberacoso, acoso cibernético, acoso en línea o ciberbullying.  Sencillamente se puede llamar ciberbullying o ciberacoso cuando el niño, niña, o adolescente es amenazado, humillado o molestado mediante el uso del teléfono móvil, Internet u otras tecnologías digitales. Como en el caso del Bullying, también con esta nueva modalidad de acoso en un inicio se pensó que se trataba de curiosidad o de un “juego de niños y/o niñas” seducidos por las máquinas; fueron consideradas conductas inofensivas, pues no se veía el daño que podía causar.

CARACTERISTICAS DEL CIBERBULLYING

CARACTERÍSTICAS DEL CIBERBULLING

1. Envío de mensajes amenazantes o desagradables a través de SMS del Messenger (Mensajes de texto).
2. Suplantación de identidad o robo de contraseña.
3. Publicación de fotos (reales o intervenidas) con comentarios insultantes o despectivos.
4. Publicación de datos personales.
5. Creación de webs con contenidos ofensivos que pueden incluir datos sobre la víctima (reales o ficticios), encuestas del tipo: “¿Quién es el más gordo/feo/tonto del colegio?”, entre otros.
6. Publicación de fotografías o videos comprometedores. Se envían grabaciones de las agresiones efectuadas a la víctima, videos o fotos conseguidos sin su consentimiento.
7. Envío de virus, suscripción a listas de pornografía, saturación del correo electrónico.

Perfil de la persona acosadora

CARACTERÍSTICAS DEL ACOSADOR

Lo que se afirma en diversas fuentes es que se sabe poco sobre los acosadores cibernéticos, sus características y las motivaciones que tienen. Según Olweus41, las características que acompañan a los acosadores son:
• Personalidad dominante y les gusta afirmarse valiéndose de la fuerza.
• Carácter fuerte, son impulsivos y se sienten frustrados con facilidad.
• Muestran una actitud más proclive a la violencia que los demás menores.
• Tienen dificultades para cumplir las normas.
• Parecen “ir de duros” y demuestran poca empatía y compasión por los compañeros que están siendo acosados.
• Con frecuencia se relacionan con las personas adultas de manera agresiva.
• Saben escabullirse (exculparse verbalmente) de las situaciones difíciles.
• Se engarzan tanto en agresiones proactivas (deliberadas, con el fin de alcanzar un objetivo) como en agresiones reactivas (defensivas ante la provocación)

Estrategias específicas para prevenir o enfrentar el acoso escolar y el acoso cibernético
ESTRATEGIAS PARA PREVENIR EL ACOSO ESCOLAR

• La educación y pedagogía para la tolerancia.
• Las estrategias para la convivencia y el Manual para la Convivencia.
• La disciplina escolar.
• La solución creativa de conflictos.
• La educación en derechos humanos.
• La cultura de paz.

MATONEO

Es una expresión de violencia, ejercida sobre una persona por sus compañeros de escuela, esta práctica es generada por personas  intolerantes,  por lo general con bajos niveles de sociabilidad, donde individual o en grupo somete a violencia física o psicológica a un estudiante causándole daños físicos y mentales en el mismo

POR QUÉ SE DA EL MATONEO?

El matoneo no es algo nuevo, pero ahora, según pedagogos y psicólogos, se ha intensificado y es más grueso el calibre de las bromas. "Se da porque la violencia se convirtió en la forma predominante de relacionarse y en el medio para conseguir algo, y no tiene límite", señala la psicóloga Sara Llanos, quien trabaja en el tema desde hace 10 años.
Los altos índices de este tipo de violencia en Colombia han llevado que las autoridades competentes crearan la Ley 1620 de 2013. Con la cual se pretende controlar, imponer sanciones padagógicas y disminuir la intimidación y la violencia escolar en todas sus expresiones; con esta ley se da la creación al “Sistema nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia escolar.”


GROOMING

Imagen tomada de: https://cdn-pro.elsalvador.com/wp-content/uploads/2017/01/29194018/1467247496269.jpg


QUÉ ES EL GROOMING?


El grooming es un engaño de menores, definido como una serie de conductas y acciones deliberadas emprendidas por un adulto con el objetivo de ganarse la confianza de un menor de edad, creando conexión emocional con el infante, con el fin de disminuir sus inhibiciones y abusar de él.  En algunos casos se busca que la introducción de los menores al mundo de la prostitución infantil o a la producción de material pornográfico.


EL PISHING


Término informático para describir la suplantación de identidad, caracterizado por intentar adquirir información confidencial de forma fraudulenta por parte del pisher o suplantador.

QUÉ ES EL PISHINH?


CÓMO PREVENIR  LOS RIESGOS ASOCIADOS A EL USO DE INTERNET

Para evitar que nuestros estudiantes, nuestros hijos o nosotros mismos caigamos en estos tipos de problemas o fraudes, se recomienda:

1. Los padres deben estar atentos al uso que sus hijos hacen de Internet, controlando el tiempos de  conexión, frecuencia con que están en línea, motivos de conexión, reacción que muestran cuando se les interrumpe y la actitud mientras están navegando por la red.

2. Enseñarles, a través del acompañamiento y el ejemplo, a seleccionar contenidos y fuentes de información fiables, desarrollando la capacidad de ser críticos con las mismas. Este proceso educativo debe pasar por alertarles del peligro que tiene facilitar datos personales, relacionarse con personas desconocidas o intercambiar archivos y mensajes en un entorno no seguro. 
Además se les debe ayudar a evitar la dispersión, concretando la búsqueda a lo necesario y controlando el tiempo destinado a la conexión a Internet en función del objetivo de información.
 
3. De ser necesario, buscar ayuda profesional (psicólogo), cuando se sospecha de adicción al uso de Internet por parte de niños, niñas o adolescentes.

ESTRATEGIAS PARA MITIGAR LOS RIESGOS DEL USO DE INTERNET

Fuentes:
http://aula2.cvudes.edu.co/publico/lems/L.000.011.MG/librov2.html
http://recursostic.educacion.es/observatorio/web/es/software/software-general/1040-introduccion-a-la-seguridad-informatica?format=pdf
http://iustificado.blogspot.com.co/2011/05/la-vinculacion-del-phishing-con-el.html
http://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/sistemas_telematica/article/view/1095

viernes, 29 de septiembre de 2017

LEY 1620

CONVIVENCIA Y DISCIPLINA ESCOLAR A LA LUZ DE LA LEY 1620

LEY 1620 Y DECRETO REGLAMENTARIO 1965


https://www.voki.com/site/myVoki

LÍNEA DE TIEMPO
Los estudiantes que han sido víctimas de acoso escolar muestran poco o ningún interés por su formación y por la escuela, presentan mayores índices de ausentismo escolar y sus calificaciones y resultados en exámenes estandarizados son más bajos que los de sus compañeros. En aras de mejorar la convivencia escolar y garantizar un espacio armónico y agradable para todos y todas estudiantes, se crea la ley 1620 de marzo de 2013, como Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos y la Prevención y la Mitigación de la Violencia Escolar” www.mineducacion.gov.co

Esta ley pone a disposición de las instituciones educativas y los entes territoriales una ruta de atención para los posibles casos de violencia, además de un sistema nacional único de información para reportar estos casos de violencia y de embarazo en adolescentes, brindando la posibilidad de incentivar a quienes cumplan las exigencias y expectativas de la convivencia, así como imponer acciones pedagógicas correctivas (antes llamadas sanciones) a quienes no cumplan.

Con esta ley también se pretende crear mecanismos de prevención, protección, detección temprana y de denuncia ante las autoridades competentes de todas las conductas que atenten contra la sana convivencia escolar, la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, tanto dentro como fuera de la institución educativa, así como establecer una ruta que fortalezca estrategias para prevenir la deserción escolar, la cual obedece, en buena medida, a la violencia escolar y el embarazo en adolescentes. Respecto a este último, Colombia es uno de los países de América Latina con más altos índices de embarazo en adolescentes, según resultados de la Encuesta Nacional de Deserción Escolar (ENDE), realizada por el Ministerio de Educación Escolar (MEN), realizada en el año 2010, con un 19,1% de estas jóvenes entre 14 y 19 años; la mitad de ellas abandonan la escuela para dedicarse a su maternidad.
El decreto 1965 de septiembre de 2013 reglamenta la ley 1620, estableciendo los protocolos de atención de las posibles faltas cometidas, clasificadas, según su alcance, como Tipo I, Tipo II y Tipo III.

Objetivos del Sistema Nacional de Convivencia Escolar (Artículo 4)


  •  Contribuir a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción de una sociedad democrática, participativa, pluralista e intercultural.
  • Articular acciones con el Estado  para garantizar la protección integral de los niños, niñas y adolescentes en los espacios educativos.
  • Fomentar mecanismos de prevención, protección, detección temprana y denuncia.
  • Fomentar y fortalecer la educación en y para la paz.
  • Contribuir a la prevención del embarazo en la adolescencia y a la reducción de enfermedades de transmisión sexual.



COMITÉS MUNICIPALES, DISTRITALES Y
DEPARTAMENTALES DE CONVIVENCIA ESCOLAR


Integrantes (Artículo 7)

  • El Ministerio de Educación Nacional y los Ministerios de  Salud y Protección Social, Cultura, Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
  • ICBF.
  • Defensoría del pueblo.
  • Policía de Infancia y Adolescencia.
  • La Asociación Colombiana de Facultades de Educación ASCOFADE, la Asociación Nacional de Escuelas Normales Superiores ASONEN y la Asociación Colombiana de Universidades ASCUN.
  • El rector del establecimiento educativo  oficial y el rector de la institución educativa privada con los más altos puntajes en las pruebas SABER 11 del año anterior.



Funciones (artículo 8)



  •      Armonizar y articular las acciones del Sistema con las políticas, estrategias y/o programas nacionales y sectoriales.
  •     Garantizar la adopción de la Ruta de Atención Integral por las instancias y entidades que conforman el Sistema.
  •     Promover y liderar estrategias y acciones de comunicación, que fomenten la reflexión sobre la convivencia escolar, la prevención, mitigación y atención del acoso escolar, la violencia escolar y la disminución del embarazo en la adolescencia.
COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA

Integrantes (Artículo 12)



  •        El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité.
  •        El personero estudiantil.
  •        El docente con función de orientación.
  •        El coordinador cuando exista este cargo.
  •        El presidente del consejo de padres de familia.
  •        El presidente del consejo de estudiantes.
  •        Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.




 Funciones (artículo 13)

   


  •    Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
  •     Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar.
  •     Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar frente a situaciones específicas de conflicto, que no pueden ser resueltas por este comité.


Ruta de atención integral (Artículo 29)

Incluye protocolos a seguir  al interior del establecimiento educativo y  a nivel intersectorial.




Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar (Artículo 28)

      Para la identificación, registro y seguimiento de los casos de acoso, violencia   escolar y de vulneración de derechos sexuales y reproductivos.




Alianzas para la Orientación Escolar (Artículo 32)

      Con las instituciones de educación superior, a través de la creación de espacios de práctica de estudiantes de último semestre  para participar en el proceso de orientación escolar para la convivencia y apoyar al Comité Escolar de Convivencia como enlace con las demás entidades que hacen parte del Sistema.



DECRETO REGLAMENTARIO 1965

        Objetivo: Reglamentar los procesos los procesos y protocolos de la Ruta de Atención
   Integral; los lineamientos para el ajuste de los Manuales de Convivencia;  el funcionamiento y demás aspectos operativos pertinentes de las Instancias del  Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para los Derechos Humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, en los distintos niveles; los incentivos y sanciones que recibirán los establecimientos educativos y sus miembros; y las etapas de diseño y operación del Sistema Unificado de Convivencia Escolar.






   Fuente: http://www.mineducacion.gov.co/1759/articles-322486_archivo_pdf_ruta.pdf




RUTA DE ATENCIÓN PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR.

Puesta en conocimiento de la situación de violencia escolar. La identificación y puesta en conocimiento de la situación de violencia escolar puede darse a partir de dos vías:

1.    Por los directamente involucrados.
2.    Por una persona que no está involucrada pero tiene conocimiento del hecho.

Parágrafo: La institución dispone, entre otros mecanismos, de buzón de sugerencias y de plataforma, para la recepción de quejas.



VALORACIÓN Y ATENCIÓN.

Valoración de la situación por parte de directivo docente o docente. Se ceñirá a lo establecido en el Manual de Convivencia y el decreto 1965 de 2013. Existiendo tres posibilidades:

SITUACIONES TIPO I

Las situaciones de tipo I hacen referencia a aquellas que afectan el normal desarrollo de la convivencia escolar sin atentar contra la integridad física, moral y/o las buenas costumbres de los afectados.
Estas deben ser atendidas dentro de la escuela de manera inmediata para evitar que se agranden. Las personas que conforman la comunidad educativa son los llamados a apoyar la atención.

PROTOCOLO DE ATENCIÓN

Cuando se presente una situación tipo I la institución debe:
  • Reunir las partes involucradas y mediar de manera pedagógica.
  • Definir acciones de reparación de daños y restablecimiento de derechos, de ser necesario.
  • Buscar acciones de conciliación entre las partes.
  • Hacer firmar compromisos y acuerdos en el observador.
  • Realizar seguimiento al caso y a los compromisos.
Ejemplos:


SITUACIONES TIPO II

Las situaciones de tipo II son aquellas que afectan de manera directa la sana convivencia escolar, bien sea en el grupo o en la comunidad, situaciones de agresión escolar, acoso escolar y ciberacoso, que no presenten características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes particularidades:

a) Que se presenten de manera repetida o sistemática.
b) Que causen daños al cuerpo o a la salud (física o mental) sin generar incapacidad
alguna para cualquiera de las personas involucradas (Decreto 1965 de 2013,
artículo 40).

PROTOCOLO DE ATENCIÓN SITUACIÓN TIPO II

i.              Remita el caso al coordinador quien se apoyará con el docente orientador para hacer el acompañamiento del caso. En todo caso se debe remitir el caso al departamento de orientación escolar.
ii.            Si existe o se presume daño o lesión física o mental, remitir de manera inmediata a las entidades competentes.
iii.           Dejar constancia de remisión a las entidades competentes.
iv.           Informe a padres o acudientes de manera inmediata.
v.            Deje constancia de gestión de información a padres de familia.
vi.           Genere espacios en los que las partes involucradas y los padres. madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido. preservando en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos.
vii.          Determine acciones restaurativas que permitan:
      la reparación de daños causados;
      el restablecimiento de los derechos y
      la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo.
viii. Se debe aplicar sanciones en consonancia con el principio de proporcionalidad y según lo definido en el manual de convivencia. Incluya una medida pedagógica.
ix.           Diligencie el formato en el aplicativo que para su efecto se tenga por parte de la institución o se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.
x.            En el marco de la reunión del comité de convivencia escolar, se expondrá la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva.
xi.           El rector reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

Ejemplos:



SITUACIONES TIPO III

Las situaciones de tipo III hace referencia a todas aquellas actitudes que causen daño gravísimo a cualquiera de las personas que pertenecen a la comunidad educativa, además de todas las acciones consideradas como delito por la ley penal colombiana.
Situaciones tipo III. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual.
Requieren que la atención sea brindada por entidades externas al establecimiento educativo (por ejemplo, Policía de Infancia y Adolescencia, ICBF, sector salud, etc.).

PROTOCOLO DE ATENCIÓN SITUACIÓN TIPO III

  1. Remita el caso al coordinador quien se apoyara con el docente orientador para hacer el acompañamiento del caso. En todo caso se debe remitir el caso al departamento de orientación escolar.
  2. Si existe o se presume daño o lesión física o mental, remita de manera inmediata a las entidades competentes.
  3. Deje constancia de remisión a las entidades competentes.
  4. Informe a padres o acudientes de manera inmediata.
  5. Deje constancia de gestión de información a padres de familia.
  6. Genere espacios en los que las partes involucradas y los padres. madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido. preservando en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos.
  7. Determine acciones restaurativas que permitan la reparación de daños causados:
      Restablecimiento de los derechos y
 Reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo.
viii.        Se debe aplicar sanciones en consonancia con el principio de proporcionalidad y según lo definido en el manual de convivencia. Incluya una medida pedagógica.

Ejemplos:


Les dejo esa información, acepto cualquier sugerencia, corrección y/o comentario para ampliar los conceptos expuestos.

Puedes ver más información en los siguientes enlaces:

https://www.youtube.com/watch?v=71r_qx9gaS8

https://www.youtube.com/watch?v=WIS6_3XElU4

https://www.mineducacion.gov.co/.../articles-342571_Ley_Convivencia_Escolar.pptx

https://www.mineducacion.gov.co/1759/articles-327397_archivo_pdf_proyecto_decreto.pdf



Muchas gracias.


Juan Carlos Rondón Hurtado
Estudiante-aprendiente

MAESTRÍA EN GESTIÓN DE LA TECNOLOGÍA EDUCATIVA

UNIVERSIDAD DE SANTANDER

UDES